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Teletrabajo: plazo para adecuarse a legislación vence el 27 de abril

Teletrabajo: plazo para adecuarse a legislación vence el 27 de abril

Mediante el Decreto Legislativo No. 1523, publicado el 18 de febrero de 2022, el Poder Ejecutivo modificó el Código Tributario [Véase el Lexmail], entre otras materias, respecto a la notificación de los actos administrativos emitidos por las Administraciones Tributarias y el Tribunal Fiscal. Al respecto, las siguientes reglas aplicarán a partir del 1 de marzo de 2023:

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A partir del 1 de marzo: La notificación electrónica se considera efectuada desde la fecha del depósito en el Buzón SOL

A partir del 1 de marzo: La notificación electrónica se considera efectuada desde la fecha del depósito en el Buzón SOL

Mediante el Decreto Legislativo No. 1523, publicado el 18 de febrero de 2022, el Poder Ejecutivo modificó el Código Tributario [Véase el Lexmail], entre otras materias, respecto a la notificación de los actos administrativos emitidos por las Administraciones Tributarias y el Tribunal Fiscal. Al respecto, las siguientes reglas aplicarán a partir del 1 de marzo de 2023:

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Corte Suprema fija causal de improcedencia en la homologación de sueldos

Corte Suprema fija causal de improcedencia en la homologación de sueldos

No resulta procedente la homologación de remuneraciones cuando la estructura remunerativa del trabajador propuesto para la comparación esté integrada por incrementos otorgados por convenios colectivos, dentro de cuyo ámbito de aplicación en el que tiene fuerza vinculante no se encuentre el trabajador que solicita la homologación, al no tratarse de un comparativo válido.

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Teletrabajo: plazo para adecuarse a legislación vence el 27 de abril

Teletrabajo: plazo para adecuarse a legislación vence el 27 de abril

Mediante el Decreto Legislativo No. 1523, publicado el 18 de febrero de 2022, el Poder Ejecutivo modificó el Código Tributario [Véase el Lexmail], entre otras materias, respecto a la notificación de los actos administrativos emitidos por las Administraciones Tributarias y el Tribunal Fiscal. Al respecto, las siguientes reglas aplicarán a partir del 1 de marzo de 2023:

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A partir del 1 de marzo: La notificación electrónica se considera efectuada desde la fecha del depósito en el Buzón SOL

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Mediante el Decreto Legislativo No. 1523, publicado el 18 de febrero de 2022, el Poder Ejecutivo modificó el Código Tributario [Véase el Lexmail], entre otras materias, respecto a la notificación de los actos administrativos emitidos por las Administraciones Tributarias y el Tribunal Fiscal. Al respecto, las siguientes reglas aplicarán a partir del 1 de marzo de 2023:

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TC: Contribuyentes ya no pagarán intereses moratorios por demoras administrativas |  Exp. N.° 03525-2021-PA/TC.

TC: Contribuyentes ya no pagarán intereses moratorios por demoras administrativas | Exp. N.° 03525-2021-PA/TC.

La administración tributaria está prohibida de aplicar intereses moratorios tras vencer el plazo legal para resolver el recurso administrativo, incluso en los procedimientos en trámite, así lo estableció como regla sustancial y nuevo precedente constitucional vinculante el Tribunal Constitucional (TC) en la sentencia recaída en el Exp. N.° 03525-2021-PA/TC.

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Corte Suprema fija causal de improcedencia en la homologación de sueldos

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No resulta procedente la homologación de remuneraciones cuando la estructura remunerativa del trabajador propuesto para la comparación esté integrada por incrementos otorgados por convenios colectivos, dentro de cuyo ámbito de aplicación en el que tiene fuerza vinculante no se encuentre el trabajador que solicita la homologación, al no tratarse de un comparativo válido.

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