El Consejo de Ministros aprobó el Decreto Legislativo (DL) 1589, que modifica el Código Penal para garantizar la seguridad y tranquilidad pública en el país con medidas que agravan las penas para aquellas personas que bloqueen importantes vías de comunicación.

Se establecen penas de hasta 15 años de prisión por el delito de disturbios, así como para quienes atenten contra la integridad y la vida de las personas o la propiedad pública o privada y colaboren en actos que entorpezcan o causen graves daños a las infraestructuras del país.

El presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola, explicó que el decreto sanciona la afectación de las vías terrestres y fluviales, y de la infraestructura portuaria, ferroviaria y aeroportuaria, y la vinculada con la distribución de energía, hidrocarburos y minerales, entre otras.

Marco legal

La disposición legal también condena, con no menos de ocho ni más de 10 años de prisión, a quienes causen graves daños sobre los recursos, las infraestructuras y los sistemas esenciales para el desarrollo y el mantenimiento de las capacidades vinculadas con servicios públicos.

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