La norma implementa un procedimiento exclusivo para sancionar a extranjeros que no han regularizado su estatus migratorio, pese al último plazo de mayo pasado

El Poder Ejecutivo promulgó hoy el Decreto Legislativo N.º 1582 mediante el cual se modifican e incorporan diversos artículos de la Ley de Migraciones, estableciendo, entre otros aspectos, el Procedimiento Administrativo Sancionador Especial Excepcional (PASEE), para la expulsión de personas extranjeras, en dos casos específicos.

Éste se aplicará a quienes cometan infracciones tipificadas en los literales d) y f) del numeral 58.1 del artículo 58 de la Ley de Migraciones, es decir, por ingresar al país sin control migratorio y/o realizar actividades que pongan en riesgo o atenten contra el orden público, el orden interno, la seguridad nacional o la seguridad ciudadana.

En los demás supuestos de expulsión, se mantendrá el procedimiento administrativo sancionador ordinario, señala el decreto publicado en las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano con las firmas de la presidenta Dina Boluarte, el presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola, y el ministro del Interior, Vicente Romero.

Sanciones a empresas de transportes

La modificación de la Ley de Migraciones fortalece el principio de soberanía en materia migratoria, a través del control migratorio, regulación migratoria, procedimientos administrativos y servicios, lo que contribuye a la seguridad y orden interno del Perú.

Entre otros aspectos, este decreto legislativo faculta a la Superintendencia a sancionar a las empresas de transporte interprovincial que trasladen a personas extranjeras irregulares.

Esta facultad también alcanza a los operadores de transportes marítimas, fluviales o lacustres internacionales, las cuales deben enviar a Migraciones, antes de las 48 horas de su arribo o zarpe al territorio nacional, la información del registro y control de tripulantes.

Cabe señalar que el decreto legislativo permite a Migraciones fiscalizar los servicios de hospedaje, que están obligados a facilitar las acciones de verificación migratoria, y, de no hacerlo serán sujetas a sanciones.

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