También se dispone que ciertas funciones del Comité de riesgos de modelos sean asumidas por otros comités que no cuenten con directores entre sus miembros, señala la SBS.

Considerando la complejidad de los desarrollos que implica para las empresas la implementación de lo establecido en el Reglamento de Gestión de Riesgos de Modelo, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) considera conveniente modificar los plazos de adecuación de las entidades financieras.

Así, señala que las empresas deberán remitir por primera vez el reporte “Inventario de Modelos” referido a los modelos utilizados en la gestión de riesgo de mercado, liquidez, operacional, y de lavado de activos y de financiamiento del terrorismo, como máximo el 31 de mayo de 2024.

Mientras que para los modelos utilizados en la gestión del riesgo de crédito, deberá ser remitido por primera vez como máximo el 30 de noviembre de 2023. Anteriormente, el plazo solicitado para la adecuación de todos los modelos de gestión de riesgo era noviembre de 2023.

Los riesgos de modelo están relacionados con la posibilidad de que los modelos utilizados para la toma de decisiones en una organización no involucren la complejidad del mundo real o estén basados en suposiciones inadecuadas, razón por la cual pueden generar resultados erróneos o inexactos.

En esta línea, el regulador también dispone que las empresas contarán con un plazo de adecuación hasta el 31 de marzo de 2024, para cumplir con las disposiciones contempladas en los Capítulos I y II del Título II del reglamento, que incluye inventario y categorización de los modelos, y procedimientos de control de las empresas, así como responsabilidades del directorio, comité de riesgos y elaboración de manuales; respectivamente.

Además, se diferencia los plazos de implementación de los modelos por nivel de riesgo para las entidades financieras y las compañías de seguros.

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