El Parlamento aprobó la norma que modifica la ley 29719, que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas, a fin de fortalecer la prevención del acoso escolar.

La Ley N° 31902, declara de necesidad la designación de, por lo menos, un profesional de Psicología en cada institución educativa, encargado de la prevención y el tratamiento de los casos de acoso y de violencia entre los alumnos.

La implementación de esta disposiciónse realiza en forma progresiva de acuerdo con la disponibilidad presupuestal.

Para ello, se dispone que los profesionales psicólogos puedan realizar el Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud (Serums) en las instituciones educativas públicas, conforme con los lineamientos que establezca el Ministerio de Salud en coordinación con el Ministerio de Educación, previa disponibilidad presupuestal.
Asimismo, establece que el director recurre a herramientas tecnológicas para reforzar la seguridad en el entorno escolar a fin de prevenir y combatir el acoso escolar.

Para tal efecto, está facultado, en coordinación con los padres de familia (Apafa), a realizar gestiones para instalar cámaras de videovigilancia en las zonas comunes y en el entorno de la institución educativa, resguardando la intimidad de las personas, para lo cual puede celebrar convenios con entidades de los sectores público y privado.

La norma modifica además el decreto legislativo 1218, que regula el uso de las cámaras de videovigilancia, para incorporar a su objeto el acoso escolar.

Wordpress Social Share Plugin powered by Ultimatelysocial
Loading...
0
    Carrito
    Carrito vacioVolver a la tienda