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Actualmente las empresas solo pueden ser responsables en siete delitos. Sanciones entrarán en vigencia desde el próximo 13 de noviembre.
La norma que modifica la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas incorpora 30 nuevos delitos por los que una persona jurídica, es decir una empresa, puede tener responsabilidad penal entre los que destacan la contabilidad paralela, delitos tributarios, los delitos contra el patrimonio cultural, delitos aduaneros, las nuevas modalidades de lavado de activos, las nuevas modalidades de financiamiento del terrorismo, entre otros.
El Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del Ministerio de Economía y Finanzas, deberá de reglamentar la norma en un plazo máximo de 60 días calendario. Asimismo, la inclusión de los nuevos delitos entrará en vigencia el 13 de noviembre del 2023, seis meses después de que la ley fuera emitida.
Actualmente solo se puede encontrar responsabilidad penal en las personas jurídicas en siete delitos: colusión simple y agravada, cohecho activo genérico, cohecho activo transnacional, cohecho activo específico, tráfico de influencias, el delito de lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.
Además, se aplicará a las empresas extranjeras cuando realicen o desarrollen sus actividades, directa o indirectamente, en el territorio nacional por cualquier modalidad societaria, contractual o empresarial.
Cumplimiento
La ley también establece que la empresa será responsable penalmente de los delitos que cometieron sus altos funcionarios siempre que estos trajeran beneficios para la persona jurídica.