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鈩筁a Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) calific贸 de infracciones graves la no capitalizaci贸n de utilidades; o el incremento o creaci贸n de remuneraciones, dietas y bonos, de las entidades del Programa de Fortalecimiento Patrimonial.

馃敻Mediante Resoluci贸n N掳 03349-2022, modific贸 el Reglamento de Infracciones y Sanciones (Resoluci贸n SBS N掳 2755-2018 y sus modificatorias).

馃敻Como se recuerda, en abril de 2021 se aprob贸 el Decreto de Urgencia N掳 037-2021, el cual establece medidas extraordinarias, preventivas y de car谩cter temporal, orientadas al fortalecimiento patrimonial de las instituciones especializadas en microfinanzas, cre谩ndose el PFP, a trav茅s del cual se realiz贸 la participaci贸n temporal del Estado, sea mediante la adquisici贸n de acciones preferentes, en el caso de las cajas municipales, y la compra de instrumentos representativos de deuda subordinada, en el caso de Instituciones privadas especializadas en microfinanzas.

馃敻En ese contexto, las entidades que se acogieron al PFP asumieron ciertos compromisos, establecidos en el Reglamento Operativo del PFP (Resoluci贸n Ministerial N掳 188-2021-EF-15 y sus modificatorias), los cuales est谩n orientados a asegurar el adecuado uso de los fondos p煤blicos y proteger a los ahorristas, y est谩n referidos a: i) la capitalizaci贸n de utilidades; ii) el incremento de la exposici贸n o prepagar obligaciones con personas vinculadas a las entidades acogidas al Programa; iii) restricciones en el incremento o creaci贸n de remuneraciones, dietas y bonos de los directores y altos funcionarios, entre otros.

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